Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
II.6
II.6 Mediante memorial presentado el 8 de noviembre de 2002 (fs. 207 y vta.) la recurrente solicitó la nulidad de notificaciones en un domicilio que aducía no ser suyo, esto es en la av. Carrasco 1589 (taller “Loza”); así como la francatura de fotocopias; habiéndose deferido respecto a ésta última mediante proveído de 9 de noviembre de 2002 (fs. 207 vta.). Asimismo, por Resolución de 27 de noviembre de 2002 (fs. 222 vta.) se rechazó la nulidad de notificación planteada por la ahora recurrente, en aplicación del principio de preclusión; en mérito al informe emitido por el oficial de diligencias (fs. 222).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- Fragmento 14
- II.9.
- II.10.
- (fs.268 vta.).
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1.1.
- Fragmento 22
- los decretos y providencias
- b)
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.