SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
III.2.4.
III.2.4. Finalmente, con relación a que el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, correcurrido, le negó sus petitorios de francatura de fotostáticas legalizadas que fueron solicitadas para el planteamiento del presente recurso, lesionando su derecho a la petición; es preciso dejar establecido, por una parte, que en los antecedentes que informan el cuaderno procesal remitido a este Tribunal, no cursa ningún elementos probatorio que permita establecer la veracidad de tal negativa; por el contrario, según aseveración de la autoridad judicial recurrida, la solicitud de la actora nunca fue rechazada, porque se dicto una providencia determinando de que se extienda las fotocopias legalizadas que se solicitaron; aseveración que está respaldada por la documentación aparejada a tiempo de interponer este recurso, la cual permite establecer la cesación de los efectos del acto reclamado, en aplicación de lo dispuesto por el art. 96.2 de la LTC; por lo que respecto a este punto el amparo solicitado también es improcedente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- Fragmento 14
- II.9.
- II.10.
- (fs.268 vta.).
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1.1.
- Fragmento 22
- los decretos y providencias
- b)
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.