Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 28 de julio de 2005, la recurrente solicito al recurrido su reincorporación a la ESPABOL dirigida por éste, argumentando haber aprobado la materia de Aplicación de la Ley, pero que el docente efectuó una calificación equivocada; y que en la asignatura de educación física debió ser considerado que el 10 de febrero de 2005 se fracturó el brazo, no pudiendo por ello efectuar ningún ejercicio (fs. 3 a 4).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- es una discrecionalidad administrativa técnica, que goza de una presunción juris tantum de razonabilidad o certeza,
- III.5.
- APROBAR