Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela de su derecho a recibir instrucción y adquirir cultura consagrado en el arts. 7 inc. e) de la CPE; puesto que lo considera vulnerado por el recurrido, ya que éste procedió a su retiro de la ESBAPOL de El Alto, en cumplimiento de normas reglamentarias que no corresponden ser aplicadas y porque reprobó en cuatro materias, lo que se debió a una equivocada calificación de los exámenes que rindió. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- es una discrecionalidad administrativa técnica, que goza de una presunción juris tantum de razonabilidad o certeza,
- III.5.
- APROBAR