SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 10 de mayo de 2006 a horas 18:00, el recurrente solicitó al Juez recurrido la cesación de la detención preventiva, pidiendo asimismo se señale fecha y hora de la respectiva audiencia (fs. 19 y vta.); por decreto de 11 de mayo de 2006 la autoridad recurrida dispuso que a objeto de considerar la cesación de detención preventiva presentada por el recurrente, se señalaba audiencia para el 12 de mayo de 2006 a horas 17:30 (fs. 20), actuado con el que se notificó al recurrente en el domicilio procesal señalado y en la persona de su abogado defensor, el 11 del mismo mes y año a horas 16:00 (fs. 21 y vta.). El 12 de mayo de 2006 se realizó la audiencia de consideración de cesación de detención preventiva, disponiendo el Juez recurrido por Auto de la misma fecha procedente de la solicitud aplicando en consecuencia medidas sustitutivas a dicha detención (fs. 31 a 34).