Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0608/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 88/2006, de 6 de junio, se amplió el plazo procesal para dictar resolución hasta el 7 de julio de 2006, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.