Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
concede
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo concede el amparo solicitado en contra del Juez Duodécimo de Partido en lo Civil y Comercial en consideración a que el Auto de Vista impugnado efectivamente no se pronuncia sobre el punto que se refiere a la personería impugnada ni a los pagos a cuenta efectuados, refiriéndose de forma indebida a otros instrumentos notariales; y deniega el recurso dirigido contra el Juez Octavo de Instrucción en lo Civil y Comercial.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la autoridad jurisdiccional debe observar y está condicionada al cumplimiento de las reglas que el legislador ha establecido para la tramitación de los procesos
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- concedido
- APROBAR