Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2006-R

    Fecha: 21-Jul-2006

    I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

    El abogado apoderado del recurrente y de quien se adhirió a la demanda, alega que el Juez de alzada no decretó “Autos” para resolución, a partir del cual, tomando en cuenta la fecha de su emisión y dentro del plazo de treinta días debe pronunciarse la Resolución, por lo que al no haberse pronunciado ésta, pide -por esa causa- que se declare procedente el recurso interpuesto.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • concede
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • la autoridad jurisdiccional debe observar y está condicionada al cumplimiento de las reglas que el legislador ha establecido para la tramitación de los procesos
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • concedido
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca