SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0750/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0750/2006-R

Fecha: 28-Jul-2006

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

A efectos de contar con mayores elementos de juicio para dilucidar el presente recurso, mediante Auto Constitucional 294/2006-CA, de 12 de junio, la Comisión de Admisión solicitó al Director General y representante legal del SENASIR, remita dentro del plazo de las cuarenta y ocho horas la documentación allí detallada, suspendiéndose el cómputo del plazo para la dictación de la Resolución y enviada la misma, el plazo fue reanudado por decreto de 28 de junio de 2006 y efectuado el nuevo cómputo, el nuevo vencimiento era el siete de julio de 2006.

Asimismo requiriendo de un mayor análisis, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 109/2006, 7 de julio, se amplió el plazo procesal para dictar resolución hasta el 4 de agosto del presente, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.