AUTO CONSTITUCIONAL 261/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 261/2006-RCA

Fecha: 28-Ago-2006

Fragmento 6

         El requisito de subsidiariedad, entendido:“...como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre, queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional” (SC 374/2002-R, de 2 de abril); circunstancia que ha sido cumplido por el recurrente, toda vez que la resolución impugnada emitida por las autoridades recurridas  689/2005, de 21 de noviembre, al ser un Auto de Vista que resuelve la apelación incidental, es irrecurrible al no prever el orden legal otro medio impugnado contra el mismo.