SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0865/2006-R

Fecha: 04-Sep-2006

III.4.

III.4. Finalmente, respecto al corecurrido Edgar Bazán Ortega, Alcalde Municipal de Oruro, es necesario señalar que éste carece de legitimación pasiva,  la que “se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción” (SSCC 1349/2001-R, 984/2002-R, 1590/2002-R, 88/2005-R, 198/05-R, entre otras), por lo que para que se viabilice (active) esta acción tutelar, respecto a la legitimación por pasiva, ”es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante” (SSCC 325/2001-R, 863/2001-R, 717/2002-R, 1445/2002-R, 222/2003-R, 455/2003-R, 794/2003-R, 947/2004-R, 88/2005-R, entre otras); extremo que no acontece respecto al Alcalde Municipal de Oruro, por cuanto precisamente  a raíz de que el actor no agotó la vía administrativa prevista por ley, dicha autoridad, no conoció ni resolvió recurso alguno respecto al trámite de aprobación de planos del inmueble de propiedad del actor.