SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2006

Fecha: 19-Sep-2006

El derecho al debido proceso

         El derecho al debido proceso; en la SC 0418/2000-R, de 2 de mayo, ha sido entendido como “(…) el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (…)”.

         Finalmente, el derecho a la defensa, conforme expresó la SC 1534/2003-R, de 30 de octubre, es la "(...) potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos”.