SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2006

Fecha: 19-Sep-2006

II.5.

II.5.  Ante la inconcurrencia del recurrente a prestar su declaración informativa, mediante Auto de 1 de abril de 2005 el Tribunal Disciplinario de Tiquipaya amplió el plazo del periodo probatorio diez días más, señalando además que se designó a René Rodríguez en reemplazo de Lourdes Zulema Tejerina Medina (fs. 21); luego, el 6 de abril de 2005 el recurrente fue notificado con el proceso administrativo (fs. 22). El 7 de abril del mismo mes y año, el recurrente solicitó que la recusación en contra del Presidente sea resuelta previamente por la Directora del SEDUCA; paralelamente recusó a René Rodríguez (fs. 24 a 25 vta.) el 11 de abril de 2005, Carlos Rivas Salinas Director Distrital de Tiquipaya, presentó excusa dentro el proceso administrativo en contra del ahora recurrente (fs. 29 a 31), misma que fue aceptada por Resolución 06/2005, de 12 de abril, suscrita por Hilda Guzmán Pérez, Directora del SEDUCA, la cual dispuso la remisión del expediente al Tribunal de Quillacollo y se anulen obrados hasta el vicio más antiguo, señalado a fs. 295 del expediente original, debiendo dictarse nuevo Auto inicial contra Felipe Ugarte Villalobos (fs. 162 y vta.).