SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2007-R

Fecha: 15-Ene-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 6 de marzo de 2006 (fs. 24 a 26 vta.), el recurrente asevera que en la demanda ejecutiva social seguida por la AFP Futuro de Bolivia S.A. contra la Empresa Municipal de Servicios de Aseo (EMSA), se pronunció Sentencia declarándose probada la misma, con condenación de costas, que al ser confirmada en apelación por Auto de Vista 186/2003, no siendo impugnado quedó ejecutoriado. Mediante Autos de 8 y 14 de agosto de 2003, se reguló el honorario del abogado y se conminó su pago; empero la Sala Social y Administrativa, inexplicable y sorpresivamente mediante Auto de Vista 107/2004, de 17 de mayo, revocó el Auto de regulación, declarándolo sin lugar a costas ni honorario profesional, por lo que para reparar esos agravios, plantearon amparo constitucional, que mereció la Sentencia Constitucional “1795/2004-R”, que declaró improcedente el recurso pero por actos distintos.

Agrega, que con posterioridad, dentro del proceso de ejecución de sentencia, sobre la base de dos ampliaciones de ejecución, el Juez de la causa en el otrosí del Auto de 23 de mayo de 2003, reguló el honorario correspondiente a esas ampliaciones; Resolución que apelada fue revocada por Auto de Vista 240/2005 de 12 de septiembre, notificándose a la institución que representa, el 16 de septiembre de 2005, Auto de Vista que ahora es acusado de ilegal y arbitrario, y motiva la presente acción, porque se “ha eliminado el derecho a cobrar las costas del juicio declarado y reconocido en Sentencia, a favor de la AFP Futuro como parte vencedora” (sic), que al haber adquirido la calidad de cosa juzgada no podía ser modificada o alterada por ninguna autoridad, por lo que considera lesionado el derecho a la seguridad jurídica de la entidad que representa e interpone el presente recurso de amparo constitucional.