SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0777/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

teniendo calidad solamente de becarias, con contratos a plazo fijo, establecido expresamente en los contratos firmados por ellas mismas a tiempo de establecer la relación laboral

(…) En síntesis conviene precisar algunos aspectos importantes en el presente caso, como la naturaleza de los contratos de trabajo suscritos entre las recurrentes y las autoridades recurridas, quienes como ya mencionamos anteriormente, por el tipo de relación laboral, no se encuentran protegidas por la Ley General del Trabajo ni por el Estatuto del Funcionario Público, tampoco son consideradas como consultoras con contratos civiles, teniendo calidad solamente de becarias, con contratos a plazo fijo, establecido expresamente en los contratos firmados por ellas mismas a tiempo de establecer la relación laboral; consiguientemente, al no corresponder a ninguna de las situaciones protegidas por la Ley 975, ésta no se aplica a la particular situación jurídica de las recurrentes”. (las negrillas son nuestras).