SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que a lo largo del proceso penal seguido contra Marcelo Levy Pacheco por el delito de giro de cheque en descubierto, el imputado interpuso una serie de recursos e incidentes dilatorios, que culminaron con la solicitud de la extinción de la acción penal, que por Resolución 101/05, pronunciada por el Juez recurrido fue declarada en favor del imputado, fallo que al ser recurrido en apelación incidental, fue confirmado por los Vocales recurridos mediante Auto de Vista 159/2005 de 31 de octubre y Auto complementario de 8 de diciembre de 2005, sin tomar en cuenta que el Juez a quo se apartó de las líneas jurisprudenciales contenidas en la SC 0101/2004 y el AC 0079/2004-ECA, sin considerar que los actos dilatorios fueron atribuibles al imputado. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción penal
- de los órganos competentes del sistema penal,
- que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público
- es el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, valorando en forma objetiva los antecedentes del proceso
- III.3.
- III.4.
- a menos que en esa valoración se hubieran vulnerado derechos y garantías fundamentales
- APROBAR