SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2007-R

Fecha: 06-Dic-2007

improcedente

Mediante la Sentencia de 21 de julio de 2007 (fs. 47 a 50), el Juez Séptimo de Sentencia y Partido Penal Liquidador declaró improcedente el recurso, disponiendo que el Juez recurrido señale audiencia para considerar la medida cautelar, ampliación solicitada por el Ministerio Público, ordenándose que las autoridades recurridas realicen dicho acto procesal donde se deberá presentar obligatoriamente a la recurrente; de igual manera, se dispone que la Sala Penal Segunda remita en el día el cuadernillo procesal al Juez de origen. Este fallo tiene los siguientes fundamentos: