Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007-R
Fecha: 06-Feb-2007
Fragmento 18
En el caso analizado, de los antecedentes que cursan en obrados, se constata que Firmo Nelson Soruco fue atendido en el Hospital San Juan de Dios de Entre Ríos, el 7 de diciembre de 2006, otorgándole el médico que lo atendió una boleta de referencia de casos, en la que se le diagnosticó traumatismo testicular-varicocele; boleta que fue presentada por el coimputado Valmore Donoso Trigo en la audiencia de ese mismo día, con la finalidad de justificar la inasistencia del recurrente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 5.
- Jueza Técnica
- 1)
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- sin causa justificada
- juez
- es el juez o tribunal del proceso el que debe determinar, en forma fundamentada
- el Juez está obligado a establecer la importancia de las circunstancias frente al acto procesal
- Fragmento 18
- han quedado sin efecto
- III.2. Sobre la supuesta parcialidad del juicio y el estado de indefensión del recurrente.
- III.3.
- APROBAR