SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2007-R
Fecha: 06-Feb-2007
han quedado sin efecto
Conforme a ello, se constata que el Tribunal de Sentencia ahora recurrido, valorando las pruebas presentadas por el recurrente, por las cuales se probó su legítimo impedimento, revocó la declaratoria de rebeldía, de acuerdo a la norma contenida en el art. 91 del CPP, que expresamente establece que si el imputado “justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento, la rebeldía será revocada y no habrá lugar a la ejecución de la fianza”; lo que implica que las consecuencias perjudiciales de esa declaratoria, entre las que se encuentran la expedición del mandamiento de aprehensión, y otras que emergen de la aplicación de ese instituto, como la establecida en el art. 90 del CPP relativa a la interrupción de la prescripción, han quedado sin efecto.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 5.
- Jueza Técnica
- 1)
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- sin causa justificada
- juez
- es el juez o tribunal del proceso el que debe determinar, en forma fundamentada
- el Juez está obligado a establecer la importancia de las circunstancias frente al acto procesal
- Fragmento 18
- han quedado sin efecto
- III.2. Sobre la supuesta parcialidad del juicio y el estado de indefensión del recurrente.
- III.3.
- APROBAR