SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

a)

El abogado del recurrente ratificó los términos de su demanda y ampliando la misma señaló que: a) todo se inició porque el recurrente compró la gasolina con un billete falso de Bs200.- (doscientos bolivianos), razón por la que los denunciantes lo siguieron hasta donde alquilaban motos, donde les proporcionaron la dirección del Hotel Fortaleza donde se hospedaba afirmando que estaba acostumbrado a pagar con dinero falso, a cuyo efecto se procedió a su indebida aprehensión y allanamiento, los pasos procesales que se siguieron fueron ilegales por cuanto vulneraron sus derechos constitucionales; b) es una persona rehabilitada del Centro de Rehabilitación Peniel, por consumo de drogas, razón por la cual rehuyó la presencia policial, quienes además lo maltrataron; c) la Fiscal recurrida emitió el requerimiento 15 minutos después de lo ocurrido el hecho, para luego librar mandamiento de aprehensión con el fundamento de existir peligro de fuga y obstaculización de la verdad; no obstante de que el recurrente ya se encontraba detenido, lo que vulneró la presunción de inocencia consagrada en el art. 6 del CPP, además que no prestó su declaración informativa, cuyas citaciones se contradicen y una de ellas no fue firmada por el recurrente; d) no existe acta de secuestro, sin embargo, se dice que la billetera secuestrada la tenían los denunciantes; e) los plazos procesales fueron vulnerados por cuanto transcurrieron más de 34 horas hasta la presentación de la imputación formal, ocasionando que todo el cuaderno de investigación se encuentre “flagrado”, configurándose el delito de incumplimiento de deberes previsto en el art. 164 del Código Penal (CP); f) nunca existió flagrancia para haberse omitido el cumplimento de las formalidades legales, cometiéndose abuso de autoridad, vulnerando su derecho a la libertad; por lo que solicita que el recurso se declare procedente con daños y perjuicios y demás medidas establecidas en la norma legal, a cuyo efecto hace entrega de la iguala profesional, factura y reconocimiento de firmas a los fines de ley.