SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

II.3.

II.3. El 10 de noviembre de 2006, se celebró la audiencia de medidas cautelares (fs. 96 a 101 vta.), en la cual el Juez de Instrucción de Riberalta dispuso la detención preventiva del recurrente  y refiriéndose a las ilegalidades en la aprehensión del recurrente, determinó que los funcionarios policiales tienen la facultad para realizar la “detención” de cualquier ciudadano que estuviese cometiendo un delito, siempre y cuando hubiese sido encontrado en flagrancia (fs. 102 a 104).