SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2007

Fecha: 20-Mar-2007

I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

Al no haberse consignado, en el expediente original del proceso penal del que emerge el presente recurso, la fecha exacta en que el expediente en apelación, pasó a despacho, y constituyendo ése un dato imprescindible para la dilucidación del caso, mediante AC 029/2007-CA, de 18 de enero, se solicitó al Juez recurrido remita a este Tribunal, una certificación, apoyada con la fotocopia legalizada del registro pertinente, sobre la fecha extrañada; suspendiéndose el cómputo del plazo para el  pronunciamiento de la Sentencia Constitucional. El Juez informó, el 29 de enero de 2007, que el expediente original se encuentra en el Tribunal Constitucional, por lo que no podía  cumplir lo ordenado. Mediante decreto de 1 de febrero de 2007, se  insistió en el requerimiento, frente a lo cual, el Juez mencionado señaló que no consta en ningún libro la fecha de entrada a despacho para resolución. Frente a ello, se reanudó el cómputo de dicho plazo el 8 de febrero de 2007, por lo que el presente fallo es emitido dentro del término legal.