SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

2.

2. Notificado con la Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida; posteriormente, el Ministerio Público y los acusadores particulares solicitaron la detención preventiva del imputado, actuación judicial que fue suspendida en audiencia por incomparecencia de los acusadores, tanto público como particulares.

2.  La providencia dictada en audiencia el 6 de diciembre de 2006 por los Jueces del Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama, tampoco constituye un acto que importe o haya generado persecución ilegal o indebida, porque en ninguna de sus partes acoge favorablemente ninguna de las solicitudes de revocatoria formuladas por la parte acusadora, sino simplemente dispone la postergación  de su tratamiento, sin señalar ni siquiera audiencia para su consideración posterior, y si bien esa forma de proceder no se ajusta a lo establecido por el Código de Procedimiento Penal, para considerar toda solicitud vinculada a las medidas cautelares de carácter personal; empero, esa irregularidad no es posible considerada y analizarla en el presente recurso, al no afectar a la libertad de locomoción del recurrente, y en todo caso debería ser impugnada en otra vía.