Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
5.
5. En cuanto al procesamiento indebido, la causa se tramita ante el Tribunal de Sentencia, plenamente competente para conocer y continuar conociendo las medidas cautelares, aún después de haberse pronunciado Sentencia, en tanto ésta se ejecutorie, atendiendo a la característica de instrumentalidad que las medidas cautelares poseen.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- Fragmento 17
- tendrá carácter preventivo.
- cuando la detención aún no se ha producido pero puede presuponerse que la misma es inminente, en tanto que la amenaza pueda demostrarse positivamente
- III.2. Caso analizado
- APROBAR