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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2007-R

    Fecha: 05-Mar-2007

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio

    El recurso de amparo constitucional es planteado contra Blanca Rosa Herbas  García y Máximo Carlos Soria Columba, Presidenta y Secretario del Tribunal Sumariante de la CNS, solicitando sea declarado procedente, con costas, daños y perjuicios, disponiéndose la entrega inmediata de las fotocopias debidamente legalizadas del proceso interno administrativo seguido en su contra.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 3.
    • Rosa Blanca Herbas García
    • improcedente
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar
    • el legitimado pasivo está obligado a la utilización de todos los medios materiales necesarios a su alcance por si o por otras personas, para informar al interesado de que los actos agresivos a sus derechos quedaron sin efecto, ya que es su voluntad y acciones para solucionar el conflicto lo que motiva la improcedencia del recurso,
    • III.2.
    • cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma, es decir, resolviendo el asunto objeto de la petición
    • III.3.
    • III.4.
    • APRUEBA

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