Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
II.1.
II.1. Por memorial de 19 de junio de 2002, se sentó denuncia contra ambos recurrentes por los delitos de estafa y estelionato ante la Fiscalía de Distrito de La Paz (fs. 1 a 2), y previa declaración informativa del querellante ante la Policía Técnica Judicial (PTJ) de la ciudad de La Paz el 25 de julio de 2002 (fs. 3 y vta.), se pronunció la Resolución 323/02, de 31 de julio de 2002, que rechazó la denuncia y ordenó el archivo de las investigaciones (fs. 4).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- nadie puede ser juzgado nuevamente por un hecho por el cual ya ha sido absuelto o condenado
- III.3.
- III.4.
- APROBAR