SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2007-R

Fecha: 14-Mar-2007

II.4.

II.4.     Ante la solicitud de extinción de la acción penal e incompetencia de ambos recurrentes, se emitió el Auto Interlocutorio 02/2006, de 5 de enero, declarando improbada la excepción de extinción de la acción penal (fs. 35 a 36 vta.), contra el cual, los ahora recurrentes interpusieron recurso de apelación incidental que fue radicado ante la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y mediante Resolución 67/2006, de 24 de febrero, se confirmó el Auto apelado (fs. 44 a 45).