Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2007-R
Fecha: 28-Mar-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Con la palabra el abogado del recurrente expresó, que rectifica porque consignó en la demanda el art. 7 inc. d), siendo lo correcto el art. 7 inc. a) de la CPE; asimismo señaló que amplia el recurso contra el decreto de 13 de febrero de 2006, que declaró irrecurrible el mismo de 9 de febrero de 2006, ratificándose por lo demás en el memorial de demanda.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 17
- APRUEBA