Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2007-R
Fecha: 28-Mar-2007
II.4.
II.4. Contra el antedicho decreto el recurrente por memorial de 11 de febrero, interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 9 a 11 vta.), mereciendo el decreto de 13 del indicado mes negando la petición por ser irrecurrible la Resolución, según el art. 213.II del CPC y por existir un caso similar donde se anuló obrados por haberse abierto plazo probatorio (fs. 12).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 17
- APRUEBA