Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0209/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve, APROBAR la Sentencia 25 de 3 de mayo de 2006, cursante de fs. 566 a 571 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y en consecuencia CONCEDER provisionalmente la tutela solicitada, mientras la justicia ordinaria se pronuncie sobre el fondo del asunto.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR