SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0241/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
II.6.
II.6. El 5 de enero de 2007, se ejecutó el mandamiento de apremio librado el 1 de marzo de 2006, solicitando el recurrente, privado de libertad, que el Juez de la causa resuelva el recurso de reposición interpuesto deduciendo los abonos debidamente comprobados (fs. 44 y vta.), reiterando su solicitud el 6 de enero de 2007, decretando el Juez de la causa vista fiscal (fs. 44 a 45).
El recurrente mediante memorial de 6 de enero de 2007, nuevamente pide a la autoridad judicial urgente consideración de sus documentación y recurso presentado (fs. 46 y vta.), decretando que: “Lo expuesto en el escrito se tendrá presente y aguárdese para su oportunidad, con noticia contraria y previas las formalidades de ley” (fs. 47).