SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0260/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0260/2007-R

Fecha: 12-Abr-2007

fue notificado al recurrente el 23 de enero de 2006, habiendo planteado el presente amparo constitucional recién el 15 de agosto de 2006,

En el caso objeto de examen, del cuaderno procesal enviado a este Tribunal se evidencia en forma incontrastable que el Auto Supremo 271, fue notificado al recurrente el 23 de enero de 2006, habiendo planteado el presente amparo constitucional recién el 15 de agosto de 2006, o sea, después de haber fenecido el plazo máximo para incoar esta acción constitucional, con lo que se ha desnaturalizado la esencia de este recurso, porque ha sido presentado fuera del  término establecido por la jurisprudencia  constitucional como plazo máximo para plantear una demanda de amparo, siendo uno de los elementos primordiales que lo caracterizan y le son inherentes, la inmediatez de la protección jurídica que se pretende; sin embargo, el recurrente ha incumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática  presentada.