Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0281/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado y apoderado del tercero interesado señala que el recurso presentado es inadecuado e innecesario en razón a que se han cumplido con todos los procedimientos respectivos dentro de la tramitación del juicio. Por otra parte la recurrente tenía los recursos establecidos por ley y sólo hicieron uso del recurso de apelación cuya Resolución confirmó la Sentencia de primera instancia, por lo que la ejecución de sentencia no puede suspenderse por ningún recurso ordinario o extraordinario.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- deben motivar su decisión
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA