SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2007
Fecha: 10-May-2007
III.3.1. La autonomía Municipal
Para efectuar una aproximación desde la perspectiva constitucional a los principios, fines, objetivos, funciones, competencias y atribuciones que rigen en el régimen municipal instaurado por las normas de los arts. 200 y ss. de la CPE, es necesario siempre abordar tal labor reconociendo que conforme determina el citado art. 200 de la CPE en su parágrafo II, los gobiernos municipales son autónomos; luego, el siguiente acápite, agrega que dicha “autonomía municipal” consiste en: “la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencia territoriales”. Tal mandato constitucional expresa una particular configuración constitucional de los gobiernos municipales, el de la autonomía; empero el texto constitucional no impone dicha cualidad política como un concepto abstracto o indeterminado, pues las normas siguientes le conceden su alcance que constituyen también sus límites; así, expresa que es la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica, conceptos que deben ser a su vez analizados.
- I.1.1. Antecedentes
- I.1.2. Alegaciones de la persona natural solicitante de la declinatoria
- Resolución Municipal 4791/2007 de 28 de febrero
- I.2. Admisión
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.1. La autonomía Municipal
- La potestad normativa,
- La potestad ejecutiva
- La potestad administrativa
- La potestad técnica,
- El ámbito de jurisdicción y competencia territoriales
- III.3.2. Los principios rectores del ejercicio de las competencias de los gobiernos municipales
- III.3.3.Las competencias municipales en materia de transporte
- III.4. La Superintendencia de Transportes
- III.5. El caso en análisis
- b)
- k)
- III.6.