Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2007
Fecha: 10-May-2007
La potestad ejecutiva
La potestad ejecutiva, es la capacidad o facultad que tienen los gobiernos municipales para materializar el cumplimiento de sus funciones, fines y objetivos mediante actos administrativos y hechos materiales, destinados a satisfacer las necesidades de la población; dicho de otro modo, es la autoridad de la que están investidas las autoridades municipales para ejecutar su actos y decisiones, sin necesidad de acudir a ninguna otra instancia u órgano del Estado; por ello, el art. 4.II de la LM manifiesta que la autonomía municipal, en la potestad ejecutiva, se expresa en:
- I.1.1. Antecedentes
- I.1.2. Alegaciones de la persona natural solicitante de la declinatoria
- Resolución Municipal 4791/2007 de 28 de febrero
- I.2. Admisión
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.1. La autonomía Municipal
- La potestad normativa,
- La potestad ejecutiva
- La potestad administrativa
- La potestad técnica,
- El ámbito de jurisdicción y competencia territoriales
- III.3.2. Los principios rectores del ejercicio de las competencias de los gobiernos municipales
- III.3.3.Las competencias municipales en materia de transporte
- III.4. La Superintendencia de Transportes
- III.5. El caso en análisis
- b)
- k)
- III.6.