Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2007
Fecha: 11-May-2007
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 120.6ª de la CPE; arts. 7 inc. 6) y 79 y ss. de la LTC, declara INFUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por Alberto Árabe Añez en representación de la empresa "Consalbo S.A."; y, por consiguiente, subsistente la RA SC-STR-DS-RA-0270/2006 de 1 de noviembre; con costas y multa de Bs150.- (ciento cincuenta bolivianos) a ser depositada a la orden del Tesoro Judicial a tercero día de la notificación con la presente Sentencia.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- f)
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y legitimación pasiva
- es atribución general de los Superintendentes Sectoriales
- DS 28710
- si bien
- a los Servicios de Terminal Terrestre
- prorrogable
- INFUNDADO