Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2007-R
Fecha: 02-May-2007
II.3.
II.3. El 11 de julio de 2005, el Juez Undécimo de Partido en lo Civil, planteó ante el Tribunal Constitucional, recurso directo de nulidad contra el Auto de Vista 15/2005 de 27 de junio, dictado por los Vocales, ahora recurridos (fs. 27 a 30 vta.), el que fue rechazado por la Comisión de Admisión de este Tribunal mediante AC 339/2005-CA de 19 de julio de 2005, por carecer de legitimación activa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2..
- III.3.
- Fragmento 18
- APROBAR