SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2007-R
Fecha: 07-May-2007
II.3.
II.3. Por nota de 12 de octubre de 2005, el ahora recurrente dirigiéndose al Presidente del Concejo Municipal de Viacha, señala: "Mediante la presente, tengo a bien dirigirme a su autoridad y al pleno del Concejo Municipal, para comunicarle que ante la solicitud de los representantes de la Sociedad Civil representado por los cuatro Distritos, he decidido presentar voluntariamente mi renuncia irrevocable al cargo de Concejal del Municipio de Viacha (…) Asimismo, solicito que a través de su autoridad la presente renuncia sea de conocimiento de la Corte Nacional Electoral haciendo conocer esta mi decisión que la hago en bien del municipio de Viacha, en el marco de la transparencia que la población ha solicitado"(sic) (fs. 112; 118).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- del acta de la sesión extraordinaria 07 del Concejo Municipal de Viacha, se evidencia claramente que la renuncia del concejal Roberto Nina Quispe y otra, no fue libre ni voluntaria, porque fue el resultado de un largo e insistente proceso de presión de la sociedad civil de cuatro Distritos principalmente del Distrito 7, por supuestas denuncias de manejos irregulares que hubieran ocurrido en la gestión 2003
- la supuesta renuncia no fue fruto de la voluntad espontánea y libre de el recurrente
- , habiéndose lesionado los derechos a la dignidad y al trabajo
- y hora
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- 2°