SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2007-R

Fecha: 07-May-2007

III.4.

III.4. En cuanto a las renuncias forzadas promovidas por las organizaciones o agrupaciones populares, comités u otras instituciones, es preciso recordar que: "(…) este Tribunal mediante SC 0748/2002-R de 25 de junio, otorgó la tutela que brinda el amparo, al haberse constatado que la renuncia presentada no fue libre ni voluntaria, sino obligada, puesto que para lograrla se ejerció presión, amenazas y medidas de hecho, considerando, además, que tales hechos constituyen un atentado al régimen democrático representativo proclamado por el art. 1 de la CPE, ya que no se puede adoptar actitudes de hecho arrogándose representación popular, la que se encuentra regulada por el art. 4.I de la CPE" (sic) (SC 0501/2005-R de 11 de mayo).

Por consiguiente, siendo evidente que en el caso que se examina los Concejales recurridos no sólo que conocían de los extremos anotados sino que con esos antecedentes procedieron a aceptar la renuncia presentada, han lesionado los derechos del recurrente a ejercer la función pública para la que fue elegido democráticamente.