SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2007-R

Fecha: 07-May-2007

la supuesta renuncia no fue fruto de la voluntad espontánea y libre de el recurrente

Consiguientemente, queda claro que las autoridades recurridas, no tomaron en cuenta que la supuesta renuncia no fue fruto de la voluntad espontánea y libre de el recurrente, aspecto  que debió ser considerado antes de la aceptación de la misma, dado que cualquier presión ya sea  psicológica o física, anula la voluntad, por lo que el acto realizado en tales circunstancias es nulo de pleno derecho y no puede surtir efectos posteriores en contra de quien lo realizó, en ese sentido se tiene la SC 1083/2001-R de 8 de octubre, que al referirse a acciones de hecho con las que se forzó a autoridades ediles a dejar vacante el cargo de alcalde o concejal por medio de violencia en su persona, dejó establecido lo siguiente: "(...) en el caso presente, tanto por lo denunciado por el recurrente como del informe de los recurridos, se evidencia claramente que la renuncia no fue espontánea y voluntaria, características esenciales que debe tener un acto, mas aún cuando se trata de una renuncia, pues ésta debe ser presentada y firmada únicamente por el recurrido (recurrente) sin la intervención de terceros como ha ocurrido en el caso de autos, donde para lograr la renuncia se ejerció presión, hecho que también ha sido confirmado por un informe policial y la denuncia de tales hechos por el agraviado ante instancias policiales" (las negrillas son nuestras).