SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2007-R
Fecha: 10-May-2007
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 007/2007 de 6 de marzo, los Vocales correcurridos declararon improcedente la apelación presentada por el recurrente contra el Auto de 21 de febrero de 2007, con el argumento de que si bien el imputado había desvirtuado el peligro de fuga y de obstaculización de averiguación de la verdad, sin embargo no había desvirtuado el peligro de reincidencia lo que llevaba a afirmar que persistían dos de los presupuestos que viabilizaban la detención preventiva, que además era evidente que correspondía a la acusación la carga de la prueba, pero no era menos cierto que al imputado le correspondía desvirtuar ésta y demostrar no haber cometido el delito que se le imputaba (fs. 88 a 89).