Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2007-R
Fecha: 22-May-2007
1.
1. Revisada el acta de la audiencia de medidas cautelares, se constata que no existe observación alguna a los derechos y garantías violados, “se nota una reclamación sobre abusos y supuestas torturas que hubieren recibido los imputados” (sic), pero no existiendo mayores datos de prueba, la Jueza no consideró el reclamo, concluyendo en la decisión de la detención preventiva de la recurrente. Se debe hacer notar que la defensa no hizo mención alguna a impugnar esta Resolución que le permitiría observar las violaciones o ilegalidades ahora reclamadas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- La Jueza correcurrida,
- 1.
- 2.
- 4.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- a)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus y la
- Fragmento 20
- III.2. El caso analizado
- APROBAR