SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2007-R
Fecha: 22-May-2007
II.2.
II.2. De acuerdo al informe de 21 de marzo de 2007, elaborado por el investigador asignado al caso, “Sgto. José F. Cori Calderón”, dirigido al Director Departamental de DIPROVE y al Fiscal adscrito a esa institución, el 21 de marzo de 2007, previa información del denunciante, ubicaron un domicilio en el cual funcionaba un taller de mecánica, en el que se encontraba el vehículo robado, sorprendiéndose “en flagrancia”, desmantelando el vehículo robado, a Erick Martínez Sanabria, quien fue aprehendido, al igual que Gery Montaño Peña; posteriormente se procedió a la aprehensión de Katerine Choque Alcócer, que fue identificada por la víctima, como la persona que le dio el somnífero para robarle su vehículo (fs. 16 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- La Jueza correcurrida,
- 1.
- 2.
- 4.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- a)
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus y la
- Fragmento 20
- III.2. El caso analizado
- APROBAR