SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0426/2007-R

Fecha: 22-May-2007

II.4.

II.4.    El 6 de febrero de 2007 se llevó adelante la audiencia para considerar una nueva solicitud de cesación de la detención preventiva presentada por el ahora recurrente, en la que la Jueza recurrida desestimó la solicitud (fs. 64 a 66).  En apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró procedente la apelación incidental interpuesta por el imputado, y revocó el Auto apelado, disponiendo la cesación de su detención preventiva, bajo la aplicación de las siguientes medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva:  1. La obligación de presentarse cada lunes de semana ante el Fiscal que dirige la investigación; 2. La prohibición de salir de la jurisdicción de cercado sin autorización previa de la Jueza de la causa, así como la prohibición de salir del país, disponiéndose su arraigo; 3. Prohibición de contactarse con las personas que presumiblemente fueron testigos oculares del hecho investigado y de personas que intervinieran como testigos o peritos en la investigación de los hechos; 4. Fianza de carácter real hasta la suma de Bs. 40 000.-. En la misma Resolución se señaló que la jueza  a quo quedaba obligada a verificar el cumplimiento de las medidas cautelares impuestas y emitir el respectivo mandamiento de libertad (fs. 11 a 12 vta.).