SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2007-R

Fecha: 13-Jun-2007

II.5.

II.5. Mediante oficio 209/2006 de 25 de mayo (fs. 22), los correcurridos Presidente y Secretario del Concejo Municipal comunicaron a la recurrente que ante la observación del Oficial Mayor del Concejo sobre la presentación de la carta por “Meri Terrazas”, fue la recurrente quien personalmente presentó la carta de 8 de mayo de 2006, que dicha renuncia fue ratificada oralmente por ella en la sesión de esa fecha, que el Concejo había dictado la correspondiente Resolución Municipal aceptando su licencia por el tiempo solicitado, por lo que su afirmación de haber estado ausente constituía un acto antiético no propio de una autoridad municipal.