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    AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2007-RCA

    Fecha: 12-Jul-2007

    por no presentado

    El Presidente de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Resolución de 7 de mayo de 2007, cursante a fs. 81 de obrados, dispuso tener por no presentado y rechazó el recurso de amparo constitucional, por no haberse subsanado las observaciones dentro del término de las cuarenta y ocho horas.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • a)
    • por no presentado
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
    • Fragmento 7
    • Fragmento 8
    • II.2.  Del número de votos para emitir Resoluciones en acciones tutelares
    • principio de economía procesal
    • II.3. Atribución de los jueces y tribunales de amparo en la etapa de   admisión del recurso de amparo
    • no admiten ante su inobservancia
    • I.
    • Fragmento 14
    • II.5.  Análisis del caso elevado en revisión
    • 3º

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