SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2007-R

Fecha: 05-Jul-2007

II.2.

II.2.  Efectuada la audiencia pública de medidas cautelares (fs. 8 a 12), el ex Juez recurrido dictó la Resolución 14/2007 de 18 de abril, disponiendo la detención preventiva de los recurrentes argumentando que: a) De los antecedentes presentados  se establecía que existían suficientes elementos de convicción para sostener que los imputados eran con probabilidad autores y partícipes del hecho ilícito; b) Que se evidenciaba que los imputados no se someterían al proceso u obstaculizarían el mismo, pues no se había acreditado que tuviesen trabajo; es decir, una actividad lícita, que tuviesen una familia nuclear y que al haber tenido la habilidad de camuflar una  fábrica de cocaína en el denso monte, de la misma manera en libertad podrían permanecer ocultos en la región amazónica; y c) Que en libertad los imputados podrían obstaculizar la averiguación de la verdad, pues podrían destruir o alterar los elementos de prueba que se encontraren en el sector de la fábrica y además de ello porque se concluía que no sólo los imputados estarían inmersos en la labor de fabricación de cocaína, sino que se necesitaban varias personas que realicen las labores para ello, por lo que los imputados en libertad influirían negativamente sobre los demás partícipes o coautores (fs. 13 a 16).