SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2007-R

Fecha: 05-Jul-2007

III.4.

III.4. Respecto a la Resolución 13/2007, pronunciada por los Vocales correcurridos, es preciso señalar que en el contenido de la misma no se observa que el Tribunal de alzada hubiese efectuado una valoración integral de los elementos de convicción que determinaron la detención preventiva, de lo aducido por los recurrentes en su solicitud de cesación de la detención preventiva y de la Resolución 16/2007 objeto de la apelación, habiéndose limitado las autoridades recurridas a señalar que no existían nuevos elementos de juicio, -al margen de haberse demostrado familia, domicilio y trabajo-, que demostrasen que no concurrían los motivos que fundaron la detención preventiva y que al señalar el Juez de Instrucción que los imputados en libertad permanecerían ocultos y obstaculizarían la averiguación de la verdad e influirían negativamente en los demás partícipes y testigos, lo hizo de acuerdo a lo fundamentado por el representante del Ministerio Público, conforme a la sana crítica y considerando que al tratarse de una fábrica existirían otras personas involucradas, haciendo además referencia los Vocales correcurridos a los objetos encontrados en el domicilio allanado de propiedad de los recurrentes, así como las dos casas de madera, la fábrica de cocaína y los precursores para la fabricación de sustancias controladas, sin que hubiesen hecho alguna relación de esa descripción con la decisión asumida.