SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Mediante Resolución 149/2006 de 15 de diciembre, fue beneficiada con libertad condicional, misma que venía cumpliendo “con regularidad”; sin embargo, por problemas conyugales se vio imposibilitada de asistir a firmar el libro de presentaciones, debido a lo cual el Juez recurrido promovió de oficio la revocatoria de su libertad condicional, además de efectuar denuncia por supuesta evasión; ante dicha situación, se presentó voluntariamente solicitando mediante memorial de 16 de mayo de 2007, que se deje sin efecto cualquier mandamiento de aprehensión, en virtud a lo cual la autoridad recurrida señaló audiencia para considerar la revocatoria de su libertad, efectuándose ésta el 22 del mismo mes y año, donde el Juez recurrido resolvió revocar la libertad condicional ordenando que cumpla el resto de su condena inmediatamente, pero sin que dicha Resolución esté ejecutoriada.
Señala que frente a la ilegalidad de disponer el “acto de conducción” al penal de San Roque, solicitó complementación en sentido de que la conducción a la cárcel se realice una vez ejecutoriada la Resolución, petición que no fue atendida por el Juez recurrido, disponiendo el acto arbitrario de su privación de libertad cuando la Resolución se encontraba pendiente de apelación, y al reiterar su pedido de libertad mientras se adquiera la ejecutoria, el Juez recurrido por decreto de 24 de mayo de 2007 rechazó el mismo disponiendo que se esté a los antecedentes de la revocatoria. Finaliza indicando que a la fecha de interposición del presente recurso, la Resolución de revocatoria ha sido apelada solicitando se disponga su libertad con el fundamento y línea jurisprudencial establecidos por la SC 0244/2006-R de 9 de enero.