SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
La Resolución que revoque los beneficios señalados es apelable.
Del referido marco legal, se colige que concedido el beneficio de la libertad condicional, éste puede ser revocado por el Juez de Ejecución Penal, siendo la Resolución que revoque dicho beneficio apelable; sin embargo, dicha norma legal no establece el efecto en el que se concederá la eventual apelación que podría presentarse, ahora bien, la norma prevista por el art. 396 inc. 1) del CPP establece como regla general que los recursos tendrán efecto suspensivo, salvo disposición contraria; es decir, que si el efecto devolutivo no está determinado expresamente por la norma, se entiende que el recurso es en el efecto suspensivo, así lo ha establecido la jurisprudencia constitucional a través de la SC 0244/2006-R de 15 de marzo que señaló lo siguiente: “(…) sobre la naturaleza de los recursos que se encuentran previstos en el Código de procedimiento penal, el art. 396 del CPP establece las reglas generales que rigen a estos recursos. Así el inc. 1) señala que los recursos tendrán efecto suspensivo, salvo disposición contraria; de donde resulta, que en aquellos casos en los que este Código no determine expresamente que el efecto de la apelación es el devolutivo, la ejecución del fallo pronunciado, que fue recurrido de apelación, queda pendiente en tanto se resuelva la alzada; teniendo en cuenta, que por regla general los únicos recursos que tienen efecto devolutivo o no suspensivo, son los expresamente señalados por ley; que tratándose de la resoluciones pronunciadas dentro de los incidentes de revocatoria de los beneficios de salida prolongada, del extramuro y la libertad condicional, el art. 176 de la LEPS, ni el 403 inc. 7) del CPP no prevén en forma expresa que el recurso de apelación contra la resolución que resuelva ese incidente sea en el efecto devolutivo, lo que implica, su carácter suspensivo; por ende, dicha resolución no podrá ser ejecutada entre tanto el recurso de apelación no haya sido resuelto”.